Fondo SIACAP
Es el Sistema de Ahorro y Capitalización de Pensiones de los Servidores Públicos creado mediante la Ley 8 del 6 de Febrero de 1997. El principal objetivo del Siacap es otorgar beneficios adicionales a las pensiones de invalidez permanente, incapacidad permanente absoluta por riesgo profesional y de vejez, que se concedan al servidor público se acuerdo a la Ley Orgánica del Seguro Social.
¿Quiénes forman parte del Siacap?
- Todas las personas que al momento de la entrada en vigencia de la ley sean servidores públicos y las que a partir de la fecha se incorporen como tales.
- Los ex - servidores públicos que registren contribuciones al Fondo Complementario de Prestaciones Sociales.
- Le tenedores en debido curso de los CERPAN.
¿Cómo funciona el Siacap?
Cada afiliado ahorra voluntariamente un 2.0% mínimo de su salario mensual y el estado le añade un incentivo de ahorro del 0.3% de su salario. Hay una entidad Registradora Pagadora que es la que se encarga de la apertura y control de las cuentas individuales; además, es la responsable de pagar las prestaciones. Existen 5 instituciones especializadas en administrar las inversiones bajo estrictos parámetros establecidos en la ley y los reglamentos. PROGRESO, con el respaldo de su grupo accionario, es una de las empresas que administra los Fondos del Siacap.
Desde su inicio en Julio de 2000, el fondo total ha generado un rendimiento promedio del 7.07% anual por lo que es un gran beneficio para los afiliados al sistema al ofrecer un rendimiento superior de las cuentas de ahorro.
¿Cuándo se reciben los beneficios?
- Al llegar a la edad para pensionarse por vejez.
- En caso de invalidez o incapacidad permanente absoluta por riesgo profesional.
- Cuando la cuenta pueda pagar una pensión similar a la jubilación de la CSS, y se tenga 28 años de servicio y la edad correspondiente.
- En caso de muerte, los beneficiarios reciben el valor total de la cuenta.






